lunes, 15 de febrero de 2016

Marcos Normativos Provinciales vigentes de la función de investigación en los IES de catamarca.

A continuación se presentan un conjunto de normas que enmarcan y regulan el desarrollo de la función de investigación en el sistema formador de la Provincia de Catamarca.-

2.1 Ley de Educación Provincial Nº 5.381

La Ley de Educación Provincial, sancionada en el año 2013 constituye el principal marco normativo que regula el Sistema Educativo Provincial y orienta las definiciones políticas para cada uno de los subsistemas que lo conforman. En lo que respecta al Nivel Superior, en el Artículo Nº 38 establece que la Educación Superior será regulada por la Ley de Educación Superior Nº 24521, la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26058, la Ley Nacional de Educación Nº 26206.
El Artículo Nº 43 establece las funciones de la Educación Superior tanto de la formación docente como de la formación técnica, una de las cuales se refiere a la promoción, investigación y desarrollo a los fines de introducir la perspectiva y las herramientas de investigación. Las funciones que especifica la Ley configuran un único proceso integrado, dinámico, permanente y articulado con las necesidades, demandas y expectativas de los procesos educativos de los otros niveles y modalidades del sistema educativo provincial y/o del desarrollo socio productivo de la provincia de Catamarca en todas sus regiones.
También plantea en el Articulo Nº 50, en el marco de los objetivos de la Formación Docente el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología deberá: 5) Estimular la investigación y las innovaciones educativas vinculadas con las tareas de enseñanza la incorporación del uso de las nuevas tecnologías, la experimentación y sistematización de propuestas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las experiencias escolares y 7) Coordinar y articular acciones de cooperación académica e institucional entre los Institutos de Educación Superior con Formación Docente, las instituciones universitarias y otras instituciones de investigación educativa de la jurisdicción y del país o el continente.

2.2 Resolución Ministerial ECyT Nº 615 – Reglamento Orgánico Marco (ROM).-

El Reglamento Orgánico Marco, sancionado el 24 de Septiembre del año 2014 en su Artículo Nº 3º establece que las Instituciones de Educación Superior ejecutan la política educativa referida a la formación docente, la formación técnica profesional, socio-humanística, científica, económica y de gestión, artística, salud y ocupacional específica, tienen por misión indelegable la comunicación y el vínculo con la comunidad científica, académica Y la comunidad educativa provincial, desarrollando líneas específicas de investigación y extensión social y comunitaria.
En el Art Nº 4º inc. e) se especifica que los institutos tienen como función: difundir y consolidar los avances en la construcción de saberes a través del desarrollo de acciones de investigación y extensión orientadas a la aplicación de innovaciones en distintos espacios educativos.
En su Art. Nº 41 específica las funciones de el/la Coordinador/a de Investigación y Desarrollo de Proyectos Educativos, funciones especificadas en el Punto 5 ( Actores Institucionales vinculados al Área de Investigación)
Asimismo dicha Resolución en su Artículo Nº 45, establece como una de las funciones del Profesor del Nivel Superior: i) Participar en los Proyectos de Investigación y Perfeccionamiento docente; y k) Participar en las actividades de formación, extensión e investigación enmarcadas en el Proyecto institucional.

2.3. DISPOSICION DE LA DIRECCION DE EDUCACION SUPERIOR CATAMARCA Nº022/12.-

Esta Disposición fue sancionada a raíz del informe técnico 024/12,elaborado por el Equipo técnico de la Dirección de Educación Superior, mediante el cual se eleva propuesta referida a la designación de horas institucionales, en consideración de los nuevos Roles y Funciones que deben desempeñar los Docentes de los Institutos de Educación Superior ,y en coordinación con la Dirección Provincial de Recursos Humanos, establecen un criterio común para evitar “la discrecionalidad en la asignación de las mismas”.
En dicha Disposición se especifica en relación a Investigación que los docentes de los IES han desarrollado proyectos de investigación aprobados y financiados por el Instituto Nacional de Formación Docente, han trabajado en Proyectos de investigación en articulación con las Universidades Nacionales, han participado en jornadas, Congresos a nivel Provincial y Nacional y han contribuido a jerarquizar el Nivel Superior con publicaciones de libros y artículos en revistas educativas reconocidas.
En dicha Disposición se sugiere que de las 70 horas institucionales, cada Instituto podrá optar por uno u otro modelo con el cual se identifique según la tarea priorizada:
  • Modelo I: 40 hs. Capacitación y Extensión, 20 hs. Investigación, y 10 hs. Docente Noveles.
  • Modelo II: 20 hs. Capacitación y extensión, 40 hs. Investigación, 10 hs. Docentes Noveles.-
La elección de cada modelo y la distribución de horas, deben acordarlos los Equipos de Conducción de cada Instituto, según el perfil del mismo y/o Proyectos presentados.

2.4. DISPOSICION DES Nº 005/04

La presente Disposición aprueba la Guía de presentación de propuestas de investigación y los Criterios para la Evaluación de los Proyectos de Investigación de los Institutos de Formación Docente de la Provincia de Catamarca.
La Disposición establece una diferencia entre Programas y Proyectos de Investigación, considerando al primero como una línea de trabajo que busca desarrollar la indagación acerca de un problema cuya envergadura demanda varios proyectos y que por decisión institucional puede convertirse en una meta de investigación permanente.
Por otra parte considera Proyecto de Investigación a aquellos que buscan indagar acerca de un problema concreto y bien delimitado. Tanto el Programa como los Proyectos desarrollados por los equipos, deben estar vinculados con el PEI de las instituciones, de manera que en los diseños aparezca a qué meta o acción se asocian.-

 Fuente: Documento Marco
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Función de la investigación en los Institutos de Educación Superior de la Provincia de Catamarca. Año 2015 - Dirección de educación superior  (resolución ministerial en tramite).


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