A
continuación se presentan un conjunto de normas que enmarcan y
regulan el desarrollo de la función de investigación en el sistema
formador de la Provincia de Catamarca.-
2.1
Ley
de Educación Provincial Nº 5.381
La
Ley de Educación Provincial, sancionada en el año 2013 constituye
el principal marco normativo que regula el Sistema Educativo
Provincial y orienta las definiciones políticas para cada uno de los
subsistemas que lo conforman. En lo que respecta al Nivel Superior,
en el Artículo Nº 38 establece que la Educación Superior será
regulada por la Ley de Educación Superior Nº 24521, la Ley de
Educación Técnico Profesional Nº 26058, la Ley Nacional de
Educación Nº 26206.
El
Artículo Nº 43 establece las funciones de la Educación Superior
tanto de la formación docente como de la formación técnica, una de
las cuales se refiere a la promoción, investigación y desarrollo a
los fines de introducir la perspectiva y las herramientas de
investigación. Las funciones que especifica la Ley configuran un
único proceso integrado, dinámico, permanente y articulado con las
necesidades, demandas y expectativas de los procesos educativos de
los otros niveles y modalidades del sistema educativo provincial y/o
del desarrollo socio productivo de la provincia de Catamarca en todas
sus regiones.
También
plantea en el Articulo Nº 50, en el marco de los objetivos de la
Formación Docente el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología
deberá: 5) Estimular la investigación y las innovaciones educativas
vinculadas con las tareas de enseñanza la incorporación del uso de
las nuevas tecnologías, la experimentación y sistematización de
propuestas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la
renovación de las experiencias escolares y 7) Coordinar y articular
acciones de cooperación académica e institucional entre los
Institutos de Educación Superior con Formación Docente, las
instituciones universitarias y otras instituciones de investigación
educativa de la jurisdicción y del país o el continente.
2.2
Resolución
Ministerial ECyT Nº 615 – Reglamento Orgánico Marco (ROM).-
El
Reglamento Orgánico Marco, sancionado el 24 de Septiembre del año
2014 en su Artículo Nº 3º establece que las Instituciones de
Educación Superior ejecutan la política educativa referida a la
formación docente, la formación técnica profesional,
socio-humanística, científica, económica y de gestión, artística,
salud y ocupacional específica, tienen por misión
indelegable
la comunicación y el vínculo con la comunidad científica,
académica Y la comunidad educativa provincial, desarrollando líneas
específicas de investigación y extensión social y comunitaria.
En
el Art Nº 4º inc. e) se especifica que los institutos tienen como
función: difundir y consolidar los avances en la construcción de
saberes a través del desarrollo de acciones de investigación y
extensión orientadas a la aplicación de innovaciones en distintos
espacios educativos.
En
su Art. Nº 41 específica las funciones de el/la Coordinador/a de
Investigación y Desarrollo de Proyectos Educativos, funciones
especificadas en el Punto 5 ( Actores Institucionales vinculados al
Área de Investigación)
Asimismo
dicha Resolución en su Artículo Nº 45, establece como una de las
funciones del Profesor del Nivel Superior: i) Participar en los
Proyectos de Investigación y Perfeccionamiento docente; y k)
Participar en las actividades de formación, extensión e
investigación enmarcadas en el Proyecto institucional.
2.3.
DISPOSICION
DE LA DIRECCION DE EDUCACION SUPERIOR CATAMARCA Nº022/12.-
Esta
Disposición fue sancionada a raíz del informe técnico
024/12,elaborado por el Equipo técnico de la Dirección de Educación
Superior, mediante el cual se eleva propuesta referida a la
designación de horas institucionales, en consideración de los
nuevos Roles y Funciones que deben desempeñar los Docentes de los
Institutos de Educación Superior ,y en coordinación con la
Dirección Provincial de Recursos Humanos, establecen un criterio
común para evitar “la discrecionalidad en la asignación de las
mismas”.
En
dicha Disposición se especifica en relación a Investigación que
los docentes de los IES han desarrollado proyectos de investigación
aprobados y financiados por el Instituto Nacional de Formación
Docente, han trabajado en Proyectos de investigación en articulación
con las Universidades Nacionales, han participado en jornadas,
Congresos a nivel Provincial y Nacional y han contribuido a
jerarquizar el Nivel Superior con publicaciones de libros y artículos
en revistas educativas reconocidas.
En
dicha Disposición se sugiere que de las 70 horas institucionales,
cada Instituto podrá optar por uno u otro modelo con el cual se
identifique según la tarea priorizada:
-
Modelo I: 40 hs. Capacitación y Extensión, 20 hs. Investigación, y 10 hs. Docente Noveles.
-
Modelo II: 20 hs. Capacitación y extensión, 40 hs. Investigación, 10 hs. Docentes Noveles.-
La
elección de cada modelo y la distribución de horas, deben
acordarlos los Equipos de Conducción de cada Instituto, según el
perfil del mismo y/o Proyectos presentados.
2.4.
DISPOSICION
DES Nº 005/04
La
presente Disposición aprueba la Guía de presentación de propuestas
de investigación y los Criterios para la Evaluación de los
Proyectos de Investigación de los Institutos de Formación Docente
de la Provincia de Catamarca.
La
Disposición establece una diferencia entre Programas
y Proyectos
de
Investigación, considerando al primero como una línea de trabajo
que busca desarrollar la indagación acerca de un problema cuya
envergadura demanda varios proyectos y que por decisión
institucional puede convertirse en una meta de investigación
permanente.
Por
otra parte considera Proyecto
de Investigación
a aquellos que buscan indagar acerca de un problema concreto y bien
delimitado. Tanto el Programa como los Proyectos desarrollados por
los equipos, deben estar vinculados con el PEI de las instituciones,
de manera que en los diseños aparezca a qué meta o acción se
asocian.-
Fuente: Documento Marco
________________________
Función de la investigación en los Institutos de Educación Superior de la Provincia de Catamarca. Año 2015 - Dirección de educación superior (resolución ministerial en tramite).
Fuente: Documento Marco
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Función de la investigación en los Institutos de Educación Superior de la Provincia de Catamarca. Año 2015 - Dirección de educación superior (resolución ministerial en tramite).
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