lunes, 15 de febrero de 2016

Reglamento para acceder a Horas Institucionales de Investigación en los I.E.S. de la Provincia de Catamarca


REGLAMENTO PARA ACCEDER A LAS HORAS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACIÓN EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR



Acceso a las Horas Institucionales de Investigación.
  1. Los docentes de la institución interesados a cubrir horas institucionales de investigación deberán presentar proyecto solicitándolas. En función de las normativas de las bases del llamado, las que serán elaboradas bajo las normativas de la DES, en el marco de la convocatoria provincial o bien a través de proyectos específicos desarrollados desde la propia DES.
  2. Los proyectos deberán ser presentados en el mes de Agosto/Septiembre, para ser ejecutados a partir de Febrero del año siguiente.
  3. En caso de presentarse a la convocatoria jurisdiccional más de un proyecto por IES y no existiendo disponibilidad de horas institucionales, se concursará teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Promoción e investigación de experiencias de innovadoras que tengan como características su singularidad en la temática, su carácter empírico, su incidencia, aportes y uso institucional de los resultados obtenidos, Calidad del Proyecto, Curriculum de los Investigadores, y Líneas de Investigación propuesta por la DES.
El tribunal evaluador interviniente será conformado por Docentes- Investigadores de la Institución que no participan como miembros de los proyectos presentados, dispuesto por el Coordinador de Investigación y Rector/a.
  1. Una vez evaluados por la Coordinación de Investigación, los Proyectos serán sometidos al Consejo Directivo para su aprobación.
  2. Los docentes que accedieran a las horas institucionales deberán ejecutar el proyecto y realizar acciones de gestión, organización, administración, en referencia al área contribuyendo al fortalecimiento institucional e inserto en el PEI.
  3. Para la divulgación de las investigaciones se deberán presentar mínimamente una (01) publicación con carácter de artículo científico sobre: avances, resultados o conclusiones del trabajo de investigación en cualquiera de estas instancias de Socialización: Jornadas, Seminarios, Congresos, página WEB del IES o la DES, u otro dispositivo de socialización científica.
  4. Las horas de investigación, podrán justificarse su cumplimentación con: 1) salidas de campo mediante constancias de los lugares en donde el investigador estuvo trabajando; 2) en la Institución, realizando re-visiones bibliográficas, de documentos institucionales u observaciones inherentes a la recolección de datos; 3) en el IES fijando con el Jefe de Investigación y la Secretaría Académica/Técnica esta función.
  5. Los equipos de Investigación deberán presentar Informes Trimestrales y el Informe Final.
  6. Una vez presentado el Informe Final, la Jefatura de Investigación entregará una Certificación firmada por el Rector/a, la que se enviará a la DES, para la firma del Director/a de Nivel Superior.REGLAMENTO PARA ACCEDER A LAS HORAS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACIÓN EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
  7. Acceso a las Horas Institucionales de Investigación.
  8. Los docentes de la institución interesados a cubrir horas institucionales de investigación deberán presentar proyecto solicitándolas. En función de las normativas de las bases del llamado, las que serán elaboradas bajo las normativas de la DES, en el marco de la convocatoria provincial o bien a través de proyectos específicos desarrollados desde la propia DES.
  9. Los proyectos deberán ser presentados en el mes de Agosto/Septiembre, para ser ejecutados a partir de Febrero del año siguiente.
  10. En caso de presentarse a la convocatoria jurisdiccional más de un proyecto por IES y no existiendo disponibilidad de horas institucionales, se concursará teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Promoción e investigación de experiencias de innovadoras que tengan como características su singularidad en la temática, su carácter empírico, su incidencia, aportes y uso institucional de los resultados obtenidos, Calidad del Proyecto, Curriculum de los Investigadores, y Líneas de Investigación propuesta por la DES.
  11. El tribunal evaluador interviniente será conformado por Docentes- Investigadores de la Institución que no participan como miembros de los proyectos presentados, dispuesto por el Coordinador de Investigación y Rector/a.
  12. Una vez evaluados por la Coordinación de Investigación, los Proyectos serán sometidos al Consejo Directivo para su aprobación.
  13. Los docentes que accedieran a las horas institucionales deberán ejecutar el proyecto y realizar acciones de gestión, organización, administración, en referencia al área contribuyendo al fortalecimiento institucional e inserto en el PEI.
  14. Para la divulgación de las investigaciones se deberán presentar mínimamente una (01) publicación con carácter de artículo científico sobre: avances, resultados o conclusiones del trabajo de investigación en cualquiera de estas instancias de Socialización: Jornadas, Seminarios, Congresos, página WEB del IES o la DES, u otro dispositivo de socialización científica.
  15. Las horas de investigación, podrán justificarse su cumplimentación con: 1) salidas de campo mediante constancias de los lugares en donde el investigador estuvo trabajando; 2) en la Institución, realizando re-visiones bibliográficas, de documentos institucionales u observaciones inherentes a la recolección de datos; 3) en el IES fijando con el Jefe de Investigación y la Secretaría Académica/Técnica esta función.
  16. Los equipos de Investigación deberán presentar Informes Trimestrales y el Informe Final.
  17. Una vez presentado el Informe Final, la Jefatura de Investigación entregará una Certificación firmada por el Rector/a, la que se enviará a la DES, para la firma del Director/a de Nivel Superior.


     Fuente: Documento Marco
    ________________________

    Función de la investigación en los Institutos de Educación Superior de la Provincia de Catamarca. Año 2015 - Dirección de educación superior  (resolución ministerial en tramite).


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